El estudio evidenció que no cumple el compromiso de mejorar el rendimiento de la red, lo que podría contener los costes y evitar subir las tarifas
Nos ha llegado un recorte de prensa, que aunque se publicó hace tiempo (en marzo) mantiene su interés y actualidad. Lo reproducimos a continuación:
Un informe técnico elaborado a petición del Ayuntamiento
de Mérida a finales de 2008 puso de manifiesto que el déficit del
servicio del agua debe achacarse a Aqualia, ya que incumple el requisito
de mejorar el rendimiento de la red para evitar pérdidas. Por ese
motivo, criticó la subida de tarifas aprobada en 2002 y 2005 y rechazó
nuevas revisiones.
El 9 de julio de 2008 el Ayuntamiento de Mérida encargó
la elaboración de un informe sobre el contrato del agua a Julio Sánchez
Méndez, prestigioso ingeniero de Caminos y reconocido experto en
contratación administrativa. El objetivo era fiscalizar la prestación
del servicio municipal.
Como recuerda el informe, el servicio fue adjudicado en
el año 2000 a la unión de empresas formada por FCC, Seragua y Sogesur,
que después adoptó el nombre comercial de Aqualia, por un plazo de 25
años. Su oferta contenía una mejora relativa al rendimiento de la red,
el cual se comprometía a situar en el 80% en el cuarto año de
explotación. Sobre esta base se sostenía su propuesta económica,
partiendo de las tarifas en el momento de la concesión, cuando el
servicio se encontraba en equilibrio económico.
Sin embargo, en agosto de 2001 solicitó una revisión de
tarifas por la instalación de filtros de carbón activo. En el 2004
planteó una nueva subida debido a la evolución del IPC, el aumento del
precio del agua y de los costes de vertido por parte de la Confederación
del Guadiana y el incremento de los gastos en personal. El autor del
informe señala su sorpresa por la introducción de un sistema de
revisión de precios que no encuentra ni regulación ni acomodo en el
pliego; y lo que es más sangrante a nuestro juicio, que no se aluda para
nada a los objetivos del servicio, que no son otros que los ofertados,
es decir, una eficiencia hídrica del 80%.
En 2005 esgrimió los mismos argumentos para pedir una
revisión de tarifas de cara al 2006, lo que volvió a pasar en 2007,
aunque sin éxito en ambos casos. Como recoge el estudio, en febrero de
2008 un informe de un técnico municipal apuntó que, tras cotejar los
datos de agua adquirida y facturada, se obtenía un rendimiento de la red
del 57,97% en vez del 80% ofertado.
Entre estas y otras cuestiones, el informe concluye que
las tarifas debían definirse por los costes del servicio más el canon y
el beneficio industrial. De este modo se obtendría el equilibrio que
exige la ley. Pero para ello hay que tener en cuenta el compromiso de
lograr un rendimiento del 80%, lo que permitiría ahorrar de forma
considerable en consumo. Sin embargo, en febrero de 2008 quedó
acreditado que el rendimiento de la red se situaba en el 57,97%. Es
decir, Aqualia no cumplió un compromiso establecido por contrato, algo
que hubiese permitido contener los costes.
Pero también carga contra la administración municipal,
entonces gobernada por el PP. A pesar de la negligencia del
concesionario en la consecución de los objetivos de rendimiento, la
administración revisó las tarifas de 2002 y 2005 al amparo del mecanismo
de la revisión extraordinaria haciendo un mal uso del mismo sin atender
a la eficiencia de la explotación. Por ese motivo, en 2008 propuso
exigir de inmediato el cumplimiento del objetivo de rendimiento, algo
que no hizo el Ayuntamiento, ya en manos del PSOE.
- Demanda judicial
Este informe forma parte las pruebas documentales
aportadas en un proceso judicial que lleva el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo número 2 de Mérida, que ha dado un plazo de diez días a
las partes para que presenten sus conclusiones definitivas, tras lo que
emitirá sentencia.
La Organización Regional de Consumidores de Extremadura
presentó a principios del pasado año un recurso contra la decisión de la
Junta de Gobierno Local, que el 26 de octubre de 2010 (entonces el
Ayuntamiento estaba gobernado por el PSOE) aprobó prorrogar el servicio
de gestión del agua de 2025 al 2030. La ampliación, que fue solicitada
por la empresa, permitirá al Consistorio ingresar 3,9 millones de euros
por el canon de explotación, de los cuales 1,4 se abonaron a la firma
del acuerdo y 1.182.500 euros en enero de este año.
Para la Organización Regional de Consumidores de
Extremadura, una entidad que fue creada en diciembre de 2010 con el
objetivo de defender los intereses de usuarios de toda la región, el
acuerdo es ilegal porque se impide la libre concurrencia de empresas al
ampliar el contrato con Aqualia. Asimismo, el abogado de la asociación,
Gonzalo García de Blanes, sostiene que no se puede aprobar una prórroga
casi 15 años antes de que la concesión llegue a su fin.
Junto a esto, García de Blanes recuerda que en el acuerdo
de ampliación del contrato se aprueba una revisión de la ordenanza. El
nuevo equipo de Gobierno del PP llevó a efecto este punto a finales del
pasado año, de nuevo sin tener en cuenta el incumplimiento en lo
relativo al rendimiento de la red. De esa forma, el abogado de la
Organización de Consumidores considera que, en caso de ganar el juicio,
no solo se anularía la ampliación del contrato (con lo que el
Consistorio debería devolver las cantidades adelantadas por Aqualia),
sino que también se suspenderían las nuevas tarifas, que ya se han
aplicado en el primer trimestre de este año.
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