- El Tribunal Supremo ha confirmado
una sanción impuesta por la Junta a la concesionaria del servicio
municipal de aguas en la capital y el Bajo Andarax en 2003
- El Tribunal Supremo ha confirmado una sanción impuesta por la Junta a la concesionaria del servicio municipal de aguas en la capital y el Bajo Andarax en 2003
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sanción de
213.050,060 euros por infracción grave impuesta por la Junta de
Andalucía a la empresa Aqualia Gestión Integral del Agua, SA por no
verificar los nuevos contadores de agua antes de su colocación.
Así lo ha anunciado la Vicepresidencia y Consejería de
Administración Local y Relaciones Institucionales de la Junta en un
comunicado en el que recuerda que en el expediente sancionador abierto
por la Administración autonómica también se multaba a la empresa por
exigir a los nuevos abonados al servicio el cobro de cantidades ya
pagadas por el simple hecho de cambio de titularidad en los inmuebles.
Según el departamento que dirige Diego Valderas, el TS
argumenta en su sentencia que estamos ante un servicio básico y
esencial que se presenta en el mercado hacia personas consumidoras y
usuarias, y dentro del cual se regula la conducta esperada para las
empresas suministradoras con respecto a su obligación de condiciones del
suministro domiciliario de agua, contratación de abastecimiento y
regularidad del mismo, por lo que se espera y exige de la empresa
suministradora una conducta concreta cuya inobservancia genera
automáticamente un incumplimiento sancionable.
Esta resolución del TS pone fin a un largo proceso
judicial que inició en 2003 la Delegación del Gobierno de la Junta en
Almería por una supuesta infracción de consumo cometida por Aqualia tras
comprobar que la empresa incumplía la verificación de los contadores
que, según la normativa vigente, debe realizar la empresa pública
Verificaciones Industriales de Andalucía (Veiasa) antes de su
colocación, lo que habría afectado a un total de 110.777 contadores en
el periodo 1993-2003.
Según la Junta, la empresa sancionada además percibió
entre 1999 y 2002 un total de 54.734,04 euros en concepto del suplemento
de adecuación de acometida que cobró a los nuevos abonados por el
cambio de titularidad en el servicio contratado. La Administración
autonómica entiende que tanto la falta de verificación de los contadores
como el cobro de estas cantidades ya pagadas vulnera los artículos 39 y
31 del Decreto 120/1991, de 11 de junio, por el que se aprueba el
Reglamento del suministro domiciliario de agua potable.
Recientemente, la Junta ha aprobado una modificación del
Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua, vigente desde 1991, para
reforzar los derechos de las personas consumidoras y usuarias del
servicio. En este sentido, se incrementan las posibilidades de
reclamación y comprobación, además de eliminar costes burocráticos por
traslados o cambios de titularidad y suprimir los trámites de puesta en
funcionamiento de instalaciones en las viviendas.
Además de introducir mejoras a favor de los usuarios, con
esta modificación el reglamento se ha adaptado a la directiva europea
de Servicios en el Mercado Interior y a los planes autonómicos de
agilización y simplificación administrativa.
EUROPA PRESS | SEVILLA.
Nota de la redacción: La información recibida no aclara si la empresa Aqualia va a devolver el dinero a sus víctimas. En cuanto a los contadores, y desde la ignorancia de lo que cuesta a las empresas concesionarias verificar los contadores, la sanción le supone a aqualia menos de dos euros por contador, con lo que aparentemente sale mas barato pagar la sanción que aplicar la normativa. Pueden pagar la multa con un 10% de los 2.340.000 euros de subvención que les acaba de aprobar el ayuntamiento de Badajoz
Pues menos mal que la sanción impuesta es por infracción grave...
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